Por: Angélica María Pardo López
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Llevo algún tiempo meditando acerca del régimen de aportes a seguridad social que rige a los trabajadores independientes. En resumen, lo que aplica es como sigue: el trabajador independiente debe sumar sus ingresos mensuales (que se presumen de al menos un salario mínimo), calcular el Ingreso Base de Cotización -IBC, que es el 40% de los ingresos totales y sobre ese valor aportar, de forma obligatoria y so pena de sanciones, el 16% a pensiones y el 12,5% a salud. Esto se aplica independientemente de si la persona en cuestión ya hace aportes por tener, paralelamente, un contrato de trabajo, lo que lo constituye como un “doble cotizante”.
La conclusión a la que he llegado es que se trata de un régimen injusto que no tiene en cuenta la realidad social del país.
Tengo dos razones para pensar esto. La primera de ellas es que la mayoría de las personas que trabajan de manera independiente no lo hacen porque así lo prefieren sino porque las opciones de trabajo con mayor estabilidad (contrato laboral) son escasas. Una persona desempleada puede pasar meses, e incluso años, buscando trabajo. Esto es tan así que el mismo Estado contrata a muchos de sus servidores bajo la modalidad de prestación de servicios. Por otra parte, muchos de quienes además de ser empleados ejecutan labores extras, lo hacen por necesidad, no por afición al trabajo.
Y en ese contexto de precariedad, la práctica general es que el contratante le exige al trabajador independiente el pago de la planilla de aportes previo al pago por el servicio prestado. No es culpa del contratante, pues no tiene otra forma para asegurarse de no meterse después en problemas con el Estado. El resultado de esto es el absurdo de que para que a un trabajador independiente le paguen, él tiene que pagarle primero al Estado. El error está en que el sistema asume que un trabajador independiente es una persona pudiente, un empresario exitoso, un boyante contratista, alguien que no necesita emplearse, cuando la realidad es otra, como lo dijimos antes.
Por un lado, si una persona ya hace aportes a seguridad social por tener contrato laboral, debería ser completamente de su arbitrio hacer aportes extras por concepto de trabajos que ejecute por fuera de su empleo corriente. Si ya está cubierto y ya está contribuyendo al sistema de seguridad social, agregarle una carga más es tanto como penalizar a quien busca más salidas y busca más recursos para sobrevivir. Por otro lado, si se trata de alguien que solamente trabaja de manera independiente, lo máximo que de él debería poder exigir el Estado es que cotice como si ganara un salario mínimo. De ahí en adelante, debería tener libertad para cotizar lo que a bien tenga con miras a su retiro por vejez o a la eventualidad de una incapacidad.
Sin embargo, supongo que bajo la apariencia de un Estado altamente paternalista e invasivo lo que hay en realidad son unos sistemas de salud y de pensiones tan desfalcados que no nos podemos dar el lujo de hacer estos cálculos tan simples.
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